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Seguro Escolar, de accidentes y de responsabilidad civil

Última modificación
Lun , 19/02/2024 - 07:30
 
SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL


Con el pago de su matrícula, los estudiantes de la Universidad de Zaragoza se encuentran cubiertos por un seguro de responsabilidad civil, tanto si realizan sus estudios en la misma o mediante estancia de movilidad en otras universidades, con las excepciones territoriales que figuran en la correspondiente póliza.

Normativa del Seguro de Responsabilidad Civil

SEGURO DE ACCIDENTES

Todos los estudiantes mayores de 28 años no están cubiertos por el seguro escolar, por lo que deben suscribir un seguro de accidentes.

Así pues,  los estudiantes mayores de 28 años y los estudiantes que realizan estudios propios y diplomas de especialización en la Universidad de Zaragoza  han  de tener suscrito obligatoriamente, a nivel individual, un seguro de accidentes. Las coberturas serán las que alcance la póliza suscrita.

También es obligatorio que suscriban este tipo de seguro los estudiantes de otra formación no oficial (incluidos todos los cursos y seminarios).

Más información e impresos

SEGURO ESCOLAR

El seguro escolar es obligatorio y lo abonan junto con la matrícula (1,12 € ) todos los estudiantes menores de 28 años que cursan estudios oficiales.

Están incluidos en el ámbito protector del seguro escolar, además de los estudiantes españoles, los estudiantes nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo (Islandia, Noruega y Liechtenstein).
Los estudiantes extranjeros no comunitarios deberán acreditar la residencia legal en España con la "tarjeta de extranjero".

En Aragón, si no se tiene cobertura sanitaria con la seguridad social, puede solicitarse tarjeta sanitaria por seguro escolar.


      Prácticas en empresas:

Se reconoce la prestación del seguro escolar a los estudiantes que realizan prácticas en empresas, siempre que se trate de prácticas autorizadas u organizadas por el Centro docente y no constituyan relación laboral o actividad que pueda dar lugar a su inclusión en algún régimen del Sistema de la Seguridad Social.

      Estudios o prácticas en el extranjero:

No cabe extender el ámbito de protección del seguro escolar a aquellos periodos de realización de estudios o prácticas en el extranjero.

Del mismo modo en los distintos programas de intercambio de la Unión Europea, los alumnos que cursen estudios oficiales deberán proveerse del formulario E-128 de desplazamiento al extranjero de la Seguridad Social, siempre que ostenten la condición de titulares o beneficiarios de asistencia sanitaria en la misma.


      Movilidad de estudiantes:

LOS QUE SE VAN: abonan el seguro escolar junto con su matrícula. Antes de su partida deben acudir a la Tesorería Territorial de la Seguridad Social y solicitar el impreso E-128. Si algún estudiante no está afiliado a la Seguridad Social (Muface, Isfas, etc.) y no ha abonado el seguro escolar por ser mayor de 28 años, pasar por Secretaría.

LOS QUE VIENEN: Los alumnos que vienen con los programas internacionales de movilidad traen la cobertura del seguro escolar de su país de origen.

Más información:

Normativa del Seguro escolar obligatorio - Universidad de Zaragoza

http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/Seguroescolar/index.htm

Prestaciones del seguro escolar

Solicitud de prestaciones