Actividades universitarias culturales y complementarias
Los estudiantes pueden obtener, por la realización de distintas actividades universitarias, reconocimiento de créditos para su titulación (artículo 46.2.i LOU y 12.8 RD 1393/2007, de 29 de octubre).
En concreto, por las ACTIVIDADES UNIVERSITARIAS CULTURALES Y COMPLEMENTARIAS cursadas y superadas por los estudiantes de Grado podrán ser reconocidas en su título hasta un máximo de 2 ECTS por curso académico y 6 ECTS en toda la titulación, según señala el artículo 7 del Reglamento de reconocimiento y transferencia de créditos de la Universidad de Zaragoza.
Con carácter general, estas actividades se matriculan al mismo tiempo que se realiza la matricula anual a través de la aplicación SIGMA. No obstante, en algunos casos la matrícula se realiza según determine el órgano proponente.
Este tipo de actividades pueden tener carácter transversal, para todas las titulaciones, o bien carácter específico para una titulación o varias.